solo la educación nos hará libres!

solo la educación nos hará libres!

Sumate y participá!
Calendario
Oferta
Aulas
Inscripciones
Consulta personal
Portal académico
Lex Doctor
Fallos
Escritos
Planes
Guía del estudiante
Contacto

Guía del estudiante

Guía del estudiante

Descargá la guía del estudiante en formato JPG haciendo click en el botón:

Descargar

Preguntas frecuentes de los estudiantes:

1


1. ¿Cómo está estructurada la carrera de Abogacía?
La carrera está compuesta por tres ciclos: Ciclo Básico Común (CBC), Ciclo Profesional Común (CPO), y Ciclo Profesional Orientado (CPO).

2. ¿Qué es el Ciclo Profesional Común?
Es la etapa inicial de la carrera común a todas las orientaciones, que consta de catorce materias, de las cuales dos son anuales (Contratos Civiles y Comerciales y Derecho Penal y Procesal Penal), y doce cuatrimestrales.

3. ¿Qué es el Ciclo Profesional Orientado?
PLAN 1985: Al finalizar el CPC, el alumno podrá optar entre ocho orientaciones (General, Empresarial, Público -esta orientación se divide en Internacional Público y en Administrativo-, Privado, Penal, Laboral, Tributario o Notarial), que capacitarán al estudiante para la práctica profesional. Esta etapa se regirá por un sistema de créditos. Para culminar el CPO el estudiante deberá aprobar las asignaturas obligatorias (Derecho de Familia y Sucesiones, Derecho Internacional Público y Sociedades Civiles y Comerciales) y además reunir 52 puntos distribuidos de acuerdo al esquema de la orientación elegida.
PLAN 2005: Al finalizar el CPC, el alumno podrá optar entre siete orientaciones (Empresarial, Público -esta orientación se divide en Internacional Público y en Administrativo-, Privado, Penal, Laboral, Tributario o Notarial), que capacitarán al estudiante para la práctica profesional. Esta etapa se regirá por un sistema de créditos. Para culminar el CPO el estudiante deberá aprobar las asignaturas obligatorias (Derecho de Familia y Sucesiones, Derecho Internacional Público, Sociedades Civiles y Comerciales, Finanzas Públicas y Derecho Tributario y Derecho Internacional Privado) y además reunir 64 puntos distribuidos de acuerdo al esquema de la orientación elegida.

4. ¿Es posible seguir más de una orientación?
Sí. Se puede seguir más de una orientación simultáneamente, pero en el caso de que el alumno termine primero una de las orientaciones, deberá esperar terminar con las restantes para iniciar el trámite del título. En caso contrario, no podrá seguir cursando las materias de la orientación inconclusa.

5. ¿Qué son los puntos?
Es un sistema de créditos que se encuentra compuesto por la cantidad de puntos que representa cada una de las materias de acuerdo a su duración (cuatrimestrales: 4 puntos trimestrales: 3 puntos; bimestrales: 2 puntos, mensuales: 1 punto). Cada punto equivale a 12 horas de cursada.

2


6. ¿Cuántas materias se pueden cursar por cuatrimestre?
En el CPC, los alumnos podrán cursar hasta un máximo de siete materias cuatrimestrales por año, no pudiendo superar las cuatro materias por cuatrimestre. A los efectos de ese cómputo se considerará a la materia anual como dos materias cuatrimestrales sucesivas.
En el CPO, los alumnos podrán cursar un máximo de veintiocho puntos por año, no pudiendo superar el máximo de dieciséis puntos por cuatrimestre. A estos efectos no se computarán los puntos correspondientes al Departamento de Práctica Profesional. Las materias obligatorias del CPO, como las que eventualmente se adeuden del CPC, se considerarán como cuatro u ocho puntos, según sean cuatrimestrales o anuales.

7. ¿Cuándo es la oportunidad para inscribirse a la cuarta materia del cuatrimestre?
Los alumnos podrán solicitar la inscripción en oportunidad de la segunda o tercera inscripción.

8. ¿Cómo se asignan las materias?
Las materias del CPC y las tres obligatorias del CPO se asignarán por "promedio ponderado". El "promedio ponderado" de cada alumno es la suma del promedio de calificaciones y de 0.05 (cinco centésimos) por cada materia aprobada.
Las comisiones del CPO se asignarán por cantidad de puntos aprobados que posea el alumno al momento de la inscripción.
Los inscriptos que queden fuera del curso solicitado, serán asignados en otras comisiones de igual cátedra y horario. Asimismo podrán ser asignados en otras comisiones de igual horario pero distinta cátedra, salvo que el alumno indicara su renuncia a esta última opción en el formulario de inscripción.
La asignación a los cursos de verano y de invierno se hará de acuerdo al mismo criterio, teniendo prioridad aquellos alumnos que no hayan sido asignados con anterioridad.
El alumno que haya renunciado o quede eliminado por ausencia a la misma materia en la que solicita ser inscripto para cursar en el período inmediato siguiente, sólo será asignado si quedan vacantes disponibles, es decir, no rige para su caso, el criterio general de asignación de materias.

9. ¿Cuáles son los requisitos para la inscripción de materias?
Son requisitos: Haberse censado en el último llamado, haber completado la información académica, tener aprobadas las materias correlativas, no adeudar libros en la biblioteca y ser alumno regular según la resolución (CD) Nº 1545/01.

10. ¿Cuándo debo inscribirme en las materias trimestrales, bimestrales y mensuales?
En la misma inscripción de las materias cuatrimestrales.

2


11.¿Qué significa "segunda y tercera inscripción"?
Tanto la segunda como la tercera inscripción existen a los efectos de completar los cursos solicitados.
También coincide con estas fechas la posibilidad de hacer los reclamos pertinentes en caso de que alguna de las materias asignadas no coincidan con los días y horas solicitadas. El reclamo deberá efectuarse directamente en Registro de Alumnos ubicado en Planta Principal de la Facultad.

12. ¿Cuál es la carga horaria de los cursos regulares?
PLAN 1985: Los cursos se desarrollarán en dos clases semanales de una hora y media cada una o una clase de tres horas. Esta última opción será dictada los días miércoles o sábados, autorizándose solamente la inscripción a un curso de éstos por alumno. Las materias cuatrimestrales tienen una carga horaria total de 48 horas y las anuales de 96 horas cátedra.
PLAN 2005: A diferencia del plan anterior, Elementos de Derecho Comercial y Derecho de Familia y Sucesiones tienen una carga horaria de 72 horas cátedra, es decir, cuatro horas y media semanales.
A su vez, los alumnos deberán acreditar tres cuatrimestres correspondientes a tres niveles para la formación de las competencias de lecto-comprensión de textos jurídicos en una lengua extranjera, con una carga horaria cuatrimestral de 64 horas a razón de 4 horas semanales de clases, dando lugar a una carga horaria total de 192 horas para los tres cuatrimestres. Asimismo, podrán acreditar los diferentes niveles del idioma a través de evaluaciones libres o bien a través de su aprobación por medio de la modalidad de educación a distancia.

13. ¿Cuáles son las condiciones de regularidad de los cursos y cómo deben darse a conocer al alumno?
En la primera clase, el docente a cargo del curso deberá dar a conocer y poner a disposición de los alumnos, los objetivos propuestos para el curso, las condiciones de regularidad, las modalidades de trabajo y de las evaluaciones.
Al finalizar el curso conservaran la regularidad los alumnos que hayan cumplido con el 75% de las condiciones de regularidad, y hubieran aprobado los exámenes parciales, o en su defecto las evaluaciones complementarias (recuperatorio).

14. ¿Con qué nota se aprueban las evaluaciones y qué es la evaluación complementaria?
Las evaluaciones se aprueban obteniendo 4 puntos. En aquellos casos en los cuales el alumno no alcanzare los cuatro puntos en algunos de los exámenes parciales de la materia, el docente deberá reevaluarlo a través de un examen complementario.

15. ¿Cómo se redondea el promedio?
Si del promedio de las evaluaciones parciales y/o sus complementarias, no resulta un número entero, se aplican los siguientes criterios:
a) se aplicará el número entero superior en los casos en que el resultado decimal oscile entre 0,50 y 0,99;
b) se aplicará el número entero inferior en los casos en que el resultado decimal oscile entre 0,01 y 0,49;
c) en caso de que la nota fuese de 3,01 a 3,99, siempre se colocará 3 puntos.

3


16. ¿Dentro de qué plazo deberá fijarse la fecha para el recuperatorio?
La realización de las evaluaciones complementarias no podrá efectuarse sino a partir del 5º día hábil posterior a la entrega de la nota del examen reprobado.

17. ¿Se puede determinar la realización de un examen parcial y/o complementario fuera de los días y horarios de cursada?
En principio el docente no podrá realizar ningún tipo de evaluación parcial y/o complementaria fuera de los días y horarios de cursada que le corresponde a su materia, salvo que los alumnos en su mayoría estén de acuerdo con el cambio.
Sin embargo, en estos casos el profesor deberá utilizar una clase en su día y horario para evaluar a los alumnos que no pudiesen asistir al examen convenido fuera del horario de cursada.

18. ¿Cómo es el sistema de promoción de materias?
La materia será promovida cuando al concluir el curso se hubieren obtenido 6 puntos de nota promedio como mínimo entre los exámenes parciales y/o evaluaciones complementarias. El alumno que conservando su condición de regular, no hubiese obtenido el puntaje mencionado, tendrá derecho a rendir un examen final de la materia.

19. ¿Se puede promocionar la materia con las notas obtenidas en los recuperatorios?
Sí. La calificación obtenida por el alumno en las evaluación complementaria deberá sustituir a la obtenida en el examen parcial reprobado al momento de establecer el promedio final.

20. ¿Cómo es el sistema de revisión de examen?
En caso de disconformidad con la corrección del examen escrito, el alumno podrá solicitar, fundadamente, en la primera clase posterior, la revisión, al profesor a cargo del curso y, en su caso, al profesor titular. En caso de solicitar la revisión por el Titular de Cátedra a la que pertenece al curso, la misma deberá presentarse por Mesa de Entradas, dentro de las 48 horas de conocida la respuesta del docente a cargo, lo que tendrá lugar en la clase siguiente.

4


21. ¿Qué sucede si el alumno no se presenta a rendir el examen parcial?
Si el alumno no pudo asistir al examen parcial en la fecha fijada, podrá rendir dicho parcial cuando se tome la evaluación complementaria del mismo.

22. ¿En qué fecha debe tomarse el examen final?
El examen final deberá realizarse no antes de los tres días hábiles siguientes de la notificación al alumno de esa situación.

23. ¿Qué es el examen final pendiente?
El alumno que deba rendir el examen final podrá optar entre dos fechas. La primera será la que fije el profesor, y la segunda la establecida para el próximo llamado a la mesa libre de esa materia (marzo o agosto según corresponda por la finalización del curso).

24. ¿Qué sucede si el alumno no se presenta a rendir el final?
El alumno que no cumpliere con alguna de las condiciones de regularidad o no se presentare a ninguna de las dos oportunidades en las que puede rendir el final, será considerado "ausente".

25. ¿Cuáles son las obligaciones del profesor?
En la primera clase comunicará los objetivos propuestos para el curso, las condiciones de regularidad, las modalidades de trabajo y fechas en la que se tomarán las evaluaciones.

5


26. ¿Cuánto tiempo debo esperar al profesor?
La tolerancia es de 20 minutos desde la hora señalada para empezar la clase, pasados los 20 minutos los alumnos podrán retirarse.
En caso en que la clase comenzara una vez pasados los 20 minutos, el profesor no podrá a ningún efecto, realizar actividad alguna tendiente a controlar la regularidad así como tampoco podrá realizar ningún tipo de evaluación.

27. ¿Cuál es la tolerancia con la que cuenta el alumno?
Los alumnos contarán con un plazo de 10 minutos para ser controlados mediante la asistencia, si fuese una de las condiciones establecidas por el docente.

28. ¿Hay excepciones para el régimen de correlatividades entre materias del CPC?
Los alumnos inscriptos en la carrera de Abogacía regulada por la Res. Nº 809/85 (plan 1985) que tuvieren aprobadas al menos ONCE (11) materias del CPC, podrán inscribirse en los cursos correspondientes a las asignaturas que les resten de ese ciclo sin tener en cuenta la correlatividad que existiere entre ellas, en la oportunidad de la segunda inscripción.
Por ejemplo: Si tenés aprobadas once materias y te falta cursar Contratos Civiles y Comerciales, podés cursar simultáneamente las correlatividades del CPC que son Derecho Administrativo y Derecho Laboral.

29. ¿Se pueden cursar las últimas materias del CPC simultáneamente con las materias obligatorias del CPO?
Los alumnos que tengan aprobadas al menos 10 materias del CPC podrán cursar cualquiera de las tres materias obligatorias del CPO (Derecho de Familia y Sucesiones, Internacional Público y Sociedades Civiles y Comerciales), siempre que tengan aprobadas sus respectivas correlatividades, simultáneamente con las materias que le resten del CPC.
Por ejemplo: Si tenés aprobadas 10 materias del CPC y querés cursar Derecho Internacional Público, podrás hacerlo siempre que hallas aprobado Derecho Constitucional.

30. ¿Se pueden cursar materias-puntos del CPO sin haber terminado el CPC?
Los alumnos que tengan aprobadas al menos 12 materias del CPC podrán anotarse en cualquier curso del CPO (materias de puntos). Solo podrán hacer uso de esta modalidad por un cuatrimestre, es decir que a partir del siguiente deberán haber completado el CPC en su totalidad para poder inscribirse en cualquier otra materia de puntos del CPO.
Advertencia: Si no aprobaste algunas de las materias obligatorias del CPO ( Derecho de Familia y Sucesiones, Internacional Público y Sociedades Civiles y Comerciales) y querés anotarte en materias de punto, no podrás anotarte en materias que estén en el Departamento que tiene correlatividad con la materia que no aprobaste.
Por ejemplo: Si no aprobaste Internacional Público no podés anotarte en ninguna materia de puntos del Departamento de Derecho Público, y así, si no aprobaste Derecho de Familia y Sucesiones no podés hacer puntos del Departamento de Derecho Privado. De igual manera si no aprobaste Sociedades no podés hacer puntos del Departamento de Derecho Empresarial.

6


31. ¿Qué es el PRÁCTICO?
Es un curso que se desarrolla durante un año en donde el alumno se capacita para la práctica profesional y el adiestramiento de la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la carrera.

32. ¿Cuáles son los requisitos que debo reunir para inscribirme en la Práctica Profesional?
Para ambos planes de estudio (1985 y 2005) podrán inscribirse aquellos alumnos que hayan aprobado al menos 20 puntos del CPO y las materias obligatorias para todas las orientaciones (Plan 1985: Familia y Sucesiones, Internacional Público y Sociedades; y al Plan 2005 se le agrega además Finanzas Públicas y Tributario, e Internacional Privado).

33. ¿Es posible inscribirse en el Práctico con menos de veinte puntos aprobados?
En los cursos de Práctica Profesional será admitida la inscripción condicional de aquellos alumnos que acrediten no menos de 16 puntos del CPO. Tal solicitud deberá realizarse en oportunidad de la segunda o tercera inscripción.
La inscripción condicional al Práctico quedará regularizada cuando se acrediten los puntos faltantes, lo que deberá ocurrir, a más tardar, el primer día hábil de abril o el primer día hábil de septiembre, según corresponda 1º o 2º cuatrimestre.
(conforme Res. Nº 1099/94 modificada por Res. 1000/03)

34. ¿Quiénes pueden eximirse del Práctico?
Los empleados del Poder Judicial de la Nación o de las provincias o del Ministerio Público que desempeñen con carácter efectivo o interino cargos en tribunales, asesorías, defensorías o fiscalías de cualquier instancia, durante más de tres años y hasta un año antes del pedido de eximición, quedarán exentos del práctico.

35. ¿Pueden eximirse del Práctico los interinos?
Sí. Los estudiantes que acrediten mediante certificado expedido por autoridad de la Superintendencia, sea en carácter titular o interino, quedarán eximidos del práctico.

7


36. ¿Cómo se solicita la eximición del Práctico?
La eximición se debe solicitar mediante carta dirigida al Decano de la Facultad, acreditando tal circunstancia.

37. ¿Cuál es el sistema de Promoción y Regularidades del CPO?
En los cursos optativos del CPO, tanto las condiciones de regularidad como el sistema de promoción varían en cada materia a criterio del profesor. Están explicados materia por materia en la oferta de cursos publicada en cada cuatrimestre. Los cursos del CPO NO se rigen por el reglamentos general de cursos.

38. ¿Qué es el CURSO DIRIGIDO?
Es una modalidad de cursada alternativa. Los alumnos que habiendo cursado una materia en condición de regular y hubiesen obtenido una nota inferior a 4 (cuatro), podrán optar entre recursar la materia o inscribirse en el curso de estudio dirigido, que podrá ser cursado simultáneamente con las materias de los cursos regulares. Dicho curso dirigido no se contabilizará a fin de computar el máximo de materias que pueden cursarse anualmente.

39. ¿Qué materias se pueden cursar por Curso Dirigido?
Todas las materias del CPC y las obligatorias del CPO.

40. ¿Cuál es la duración del Curso Dirigido?
Los cursos se desarrollan los días miércoles, en clases de una hora y media, durante un cuatrimestre, aún tratándose de una materia anual, y las condiciones las establece el departamento al cual pertenece la materia.

8


41. ¿Qué pasa si se reprueba el Curso Dirigido?
En dicho caso, el alumno deberá recursar la materia.

42. ¿Cómo es la inscripción al Curso Dirigido?
Se puede elegir en algunos de los turnos previstos por el departamento de la materia.

43. ¿Cuáles son los requisitos para rendir una materia libre?
Deben respetarse las correlatividades. Los alumnos deberán rendir el examen sobre la base del programa de la cátedra a su elección, ante una mesa examinadora compuesta por no menos de dos profesores de la misma.

44. ¿Qué materias pueden rendirse libres?
Las materias que se pueden rendir libres son todas las del CPC. Las obligatorias para todas las orientaciones y las obligatorias para cada orientación.

45. ¿Se puede rendir libre una materia que se está cursando?
No. No podrá anotarse a rendir tal materia hasta finalizado el cuatrimestre.

46. ¿Qué pasa si se desaprueba el examen libre?
El alumno quedará inhabilitado para inscribirse en el turno de mesa libre inmediato siguiente para la misma materia.

47. ¿Qué materias se pueden cursar en CURSO DE VERANO Y DE INVIERNO?
Las materias que pueden cursarse durante los meses de febrero o julio, respectivamente, son todas las del CPC, excepto las anuales (Derecho Penal y Procesal Penal y Contratos Civiles y Comerciales). También podrán cursarse las materia obligatorias del CPO (Derecho de Familia y Sucesiones, Sociedad Civiles y Comerciales y Derecho Internacional Público) y las materias optativas del CPO que salgan en la oferta.

48. ¿Cuál es la carga horaria de los cursos de verano y de invierno?
Se deberá concurrir a los mismos de lunes a viernes (en tres turnos: mañana, tarde y noche) siendo los cursos de dos horas diarias de duración, hasta cubrir 48 horas de cursada total.

49. ¿Qué son las renuncias?
La renuncia al curso implica la expresa intención de abandonarlo. Ello significa que el alumno renunciante no figurará en el acta definitiva de calificaciones del curso. Por otra parte, al solicitar ser inscripto para cursar la misma materia en el período inmediato siguiente, sólo será asignado si quedasen vacante disponibles, es decir, no se aplicará el criterio general de asignación de cursos en su caso.

50. ¿Cómo se renuncia una materia?
El trámite de renuncia se debe realizar llenando un formulario que expide Registro de Alumnos adjuntando una fotocopia del DNI, hasta la fecha establecida por el calendario lectivo.

9


51. ¿Cuáles son los pasos a seguir en caso de que no figure en el acta definitiva de calificación?
Se deberá efectuar el reclamo dentro de los 40 días hábiles a partir de la fecha de finalización de los cursos y exámenes según el caso y con el comprobante de la materia aprobada, mediante una carta dirigida al Decano presentada en Mesa de Entradas.

52. ¿Qué es la Tarjeta de Derecho?
Esta tarjeta te permite acceder a toda la información concerniente a tu registro como alumno de la Facultad y a los servicios de la Biblioteca.

53. ¿Dónde se retira la tarjeta?
Se retiran en la Dirección de Asuntos Estudiantiles, ubicada en Planta Baja, en las fechas indicadas y es allí donde debe tramitarse en caso de robo o extravío.

54. ¿Qué es el CPC?
El Centro de Consulta Personal se encuentra ubicado al lado de Registro de Alumnos en la Planta Principal de la Facultad, allí con tu tarjeta de derecho podes consultar tus calificaciones, renuncias a cursos en el período, materias y aulas que estás cursando, entre otras cosas.

55. ¿Para qué sirve la CLAVE?
La clave tiene múltiples funciones: sirve para poder retirar los libros de la biblioteca, para ingresar a la base de datos del CCP, para ingresar a tu cuenta a través de Internet en la página de la Facultad www.derecho.uba.ar, etc. Debe solicitarse en la Dirección de Biblioteca que se encuentra en el primer piso.

 
 
Joomla 1.5 Templates by Joomlashack